A mediados de 2019 publicábamos en la revista Emergencias los resultados de una pequeña investigación con un análisis breve, pero contundente, sobre la evolución de los accidentes de montaña en el País Vasco entre 1996 y 2016 [1].

Según las estadísticas oficiales, en la última década se han disparado en España las activaciones de los grupos de rescate por accidentes en montaña. Esta situación parece responder al creciente interés que suscitan las actividades en el medio natural, una consecuencia derivada, según algunos expertos, de lo que llaman los efectos Decathlon y Calleja, en alusión a la cadena de material deportivo y al personaje televisivo, respectivamente. Bajo esta hipótesis abundarían en la montaña excursionistas bien equipados y altamente motivados, pero sin formación ni entrenamiento, una combinación que, aunado a un golpe de mala suerte, puede precipitar el accidente en un medio hostil.

El País Vasco no permanece ajeno a esta problemática. De hecho, en base a las cifras oficiales es posible objetivar cómo el número de accidentes e incidentes en montaña ha ido incrementándose paulatinamente al largo de los últimos 20 años y cómo en la última década se han llegado a duplicar las operaciones de rescate durante la práctica de actividades al aire libre.

Ahora que ya disponemos de datos actualizados sobre tendencias anuales a fechas posteriores a los publicados en nuestra publicación, el periodo 2017-2020 arroja aún más leña a un problema creciente y muy evidente… En nuestras series resulta llamativo cómo el número rescates ha sido especialmente visible desde el año 2014, a pesar de la implementación dos años antes de la Ley de Tasas [2], una medida disuasoria (no recaudatoria) implementada por el Gobierno Vasco que obliga a abonar los gastos derivados del operativo de salvamento a las personas que son auxiliadas por las autoridades tras accidentarse mientras realizan actividades consideradas “de riesgo” o bajo condiciones de alerta meteorológica. En el año 2018 se computaron 267 rescates y 121 búsquedas (con un balance de 17 fallecidos), convirtiéndose en el año con mayor siniestralidad en montaña de historia de esta comunidad, pero siendo superado el número de activaciones por rescate en 2019 (con 333 rescates y 56 operaciones de búsqueda). La tendencia anual aumenta de forma significativa…

El año 2020 fue especialmente interesante, por la situación de confinamientos vividos como consecuencia de la pandemia por COVID19, resultando especialmente curioso que, a pesar de las restricciones, el número de activaciones por rescate se incrementó con respecto al año previo (444 rescates y 51 operaciones de búsqueda, con un balance de muertes similar al año 2018).

En el año de la pandemia se ha podido observar cómo los meses de restricciones, sin apenas operaciones de salvamento y rescate, se han sucedido de un efecto rebote en el número de personas heridas en el medio natural, con especial impacto de los accidentes por el uso recreativo de la bicicleta de montaña.

Resulta razonable suponer que el incremento del volumen total de incidentes en montaña se acompaña igualmente de un número mayor de accidentados graves en ese medio. Este dato (no conocido hasta la fecha) sugiere la necesidad de aplicar una valoración y tratamiento sanitario urgente in situ en aras de reducir la mortalidad de los pacientes y de humanizar el rescate, evitando el sufrimiento y el dolor durante las tareas de socorro y el traslado al centro sanitario. Sin embargo, tan sólo unas pocas comunidades autónomas (entre las que no se encuentra el País Vasco) han optado por integrar profesionales sanitarios en los equipos de rescate, aun y cuando esta propuesta ha sido considerada en diversos foros de prestigio como un derecho humano que podría, no únicamente reducir la mortalidad, sino también los costes directos e indirectos derivados de los accidentes en la montaña. La “sanitarización” de los rescates es una solución difícilmente cuestionable y su adopción es sólo cuestión de tiempo, de la misma manera que la Ley de Tasas es una medida a toda vista inefectiva que podría conllevar a una demora en el tiempo hasta la atención por temor del alertante a ser condenado a sufragar los gastos derivado de su rescate.

 

BIBLIOGRAFÍA

  1. Ballesteros-Peña S; Arriba-Hernández M, Alonso-Pinillos A, Javares-Artigues S, Ituarte-Azpiazu I. Evolución de los accidentes e incidentes en la montaña en el País Vasco: 1996 – 2016. Emergencias 2019;31:141-2.
  2. Ley 5/2011, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 245, de 28 de diciembre de 2011, páginas14 a16).

 

 


Autoría: Sendoa Ballesteros.

Artículo con revisión editorial. No existen conflictos de interés en relación al presente artículo. Las opiniones expresadas son responsabilidad exclusiva de los/las autores/as y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de los/las editores/as. Artículo bajo licencia de Creative Commons: Reconocimiento 4.0 Internacional.

Este documento debe citarse como: “Ballesteros S. Accidentes de montaña en el País Vasco: un problema enquistado [Internet]. Enfermería Activa del Siglo XXI: blog abierto; 22 de noviembre de 2021. Disponible en: www.enfermeriaactiva.com”

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